Estados Unidos

Aduanas y Protección Fronteriza

Consejos para nuevos importadores y exportadores

Para evitar posibles problemas en el despacho de su mercancía, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) de EE. UU. recomienda encarecidamente que se familiarice con las políticas y procedimientos de la CBP antes de importar/exportar sus mercancías. También debe tener en cuenta los requisitos de entrada específicos del producto en particular que está importando/exportando, incluidos los de otras agencias federales. Para ayudarle, ofrecemos los siguientes consejos para nuevos importadores y exportadores.

¿Qué tipo de licencia se requiere para importar mercancías a los Estados Unidos?

La CBP no exige que un importador tenga una licencia o un permiso, pero otras agencias pueden exigir un permiso, una licencia u otra certificación, según el producto que se importe. CBP actúa en calidad de administrativa para estas otras agencias y es posible que desee comunicarse con ellas directamente para obtener más información. Puede encontrar enlaces a otras agencias y departamentos gubernamentales en USA.gov. Hay una lista de otras agencias gubernamentales en la sección del apéndice de la publicación Importando a los Estados Unidos. Es posible que también necesite una licencia de las autoridades locales o estatales para hacer negocios. Los formularios de entrada de CBP solicitan su número de importador: este es su número de registro comercial del IRS o, si su empresa no está registrada ante el IRS o no tiene una empresa, su número de seguro social será suficiente. Como alternativa, puede solicitar un número asignado de CBP completando un formulario 5106 de CBP y presentándolo en la sucursal de entrada en un puerto de entrada de CBP.

El sitio web de CBP contiene información valiosa para el importador nuevo o experimentado.

Recomendamos que los importadores revisen los temas en la página de CBP Trade. En particular, sugerimos consultar la información contenida en la sección titulada Importación y Exportación Básica. Hay muchos enlaces de temas específicos para explorar. Esto lo llevará a información sobre los requisitos de importación de CBP, llegada de mercancías, entrada formal versus entrada informal, clasificación, protesta, envíos por correo, mercancías restringidas y más. Para otros requisitos de agencia que quizás deba cumplir, y si se convierte en un importador frecuente con envíos de mayor valor, le recomendamos leer Importar a los Estados Unidos. Esta publicación contiene información más detallada y es una lectura valiosa para cualquiera que se aventure seriamente en el negocio de la importación.

También le instamos a leer las Publicaciones de Cumplimiento Informado. CBP ha preparado una serie de publicaciones sobre cumplimiento informado (ICP) en la serie “Lo que todo miembro de la comunidad comercial debería saber sobre…” sobre diversos temas. Si su negocio le obligará a viajar dentro y fuera del país, le recomendamos que revise la información del viajero en Know Before You Go.

Programas de la Sección 321

La Sección 321, 19 USC 1321 es el estatuto que describe lo de minimis. De minimis proporciona la admisión de artículos libres de derechos y de cualquier impuesto impuesto sobre o por motivo de la importación, pero el valor justo de venta al por menor agregado en el país de envío de los artículos importados por una persona en un día y exentos del pago de derechos no exceder los $800. El umbral de minimis era anteriormente de 200 dólares, pero aumentó con la aprobación de la Ley de Facilitación y Aplicación del Comercio (TFTEA).

El enlace a continuación es a un documento de una página que proporciona una comparación de alto nivel entre los dos programas de la Sección 321 (Piloto de datos de la Sección 321 y la Prueba de ingreso tipo 86).

La Sección 321(a)(2)(C) de la Ley Arancelaria de 1930, según enmendada, autoriza a la CBP a proporcionar un pago administrativo de derechos e impuestos a los envíos de importaciones calificadas de no más de $800 de valor justo de venta al por menor. Esta exención se conoce como entrada de minimis. CBP ha implementado dos nuevos programas de prueba para monitorear los envíos de la Sección 321 en el entorno del comercio electrónico para proteger contra el comercio ilegítimo y al mismo tiempo brindar al público los beneficios de los envíos libres de impuestos para las importaciones calificadas. Para obtener más información sobre estos programas, seleccione descripción general del programa.

Estrategia de comercio electrónico

El comercio electrónico es un segmento en crecimiento de la economía estadounidense y ha aumentado significativamente durante los últimos años. Los hábitos de los consumidores están cambiando a medida que Internet permite a las personas realizar compras en línea. Estos avances en la actividad económica han llevado a volúmenes crecientes de importaciones de paquetes pequeños, justo a tiempo, creando desafíos de inspección para CBP. Los envíos de comercio electrónico plantean los mismos riesgos para la salud, la seguridad y la seguridad económica que los envíos en contenedores, pero el volumen es mayor y está creciendo. Además, las organizaciones criminales transnacionales envían mercancías ilícitas a los Estados Unidos a través de paquetes pequeños debido a que se percibe un menor riesgo de interdicción y consecuencias menos graves si el paquete es interceptado. Además, los importadores nuevos o poco frecuentes a menudo están menos familiarizados con las leyes y regulaciones aduaneras de los EE. UU., lo que puede llevar a la importación de bienes que no cumplen con las normas. La CBP debe aumentar su capacidad para abordar los desafíos administrativos y de recursos que esto crea, particularmente cuando se combina con el creciente volumen del comercio electrónico.

Para abordar estos desafíos de manera efectiva, CBP ha desarrollado un Plan Estratégico de Comercio Electrónico. Esta estrategia destaca a la industria privada y a los gobiernos extranjeros como recursos clave en la evaluación continua de la CBP del entorno del comercio electrónico. La estrategia incluye esfuerzos para educar al público y a la comunidad comercial para garantizar que comprendan sus responsabilidades como importadores para cumplir con las regulaciones aduaneras. La estrategia también enfatiza las iniciativas de aplicación de la ley, como la racionalización de los procesos de aplicación de la ley afectados por los crecientes volúmenes de comercio electrónico, el aprovechamiento de las asociaciones de aplicación de la ley con agencias gubernamentales asociadas y gobiernos extranjeros, y la mejora de la recopilación de datos de los sistemas de focalización y el personal de campo de la CBP.

CBP sigue comprometida a facilitar el comercio legítimo y al mismo tiempo garantizar la seguridad del consumidor y la vitalidad económica a medida que el volumen de envíos de comercio electrónico continúa aumentando. Esta estrategia de comercio electrónico posiciona a CBP para hacer cumplir adecuadamente las violaciones y abordar las diversas complejidades y amenazas resultantes de este cambio global en el comercio hacia una plataforma de comercio electrónico.

Los procedimientos aduaneros que se encuentran en las regulaciones del comercio aéreo no han cambiado, excepto por los plazos para alinearse con otros modos. A los efectos de esta regulación, los envíos que se mueven bajo control bajo control a través de una guía aérea que llegan por vía aérea a los EE. UU. y se presentan en ACE Air Manifest no están sujetos a los nuevos requisitos bajo control bajo control, aparte de los plazos, y pueden iniciarse y cerrarse en papel. hasta el momento en que se modifique la Parte 122 para requerir automatización del aire. Los envíos que se trasladen bajo custodia y que se originen en un modo de transporte que no sea el aéreo, o que se originen en los EE. UU. para exportación, deberán iniciarse electrónicamente; sin embargo, si dichos envíos llegan a un destino final en los EE. UU. por vía aérea o se exportan por vía aérea, pueden cerrarse en papel en el puerto de entrada/exportación.

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Requisitos de la FDA para importar gafas a los EE. UU.

Esto no es un simulacro: lo que puede sorprender a muchos es que la Administración de Alimentos y Medicamentos de los EE. UU. (FDA) clasifica las gafas de sol como dispositivos médicos de Clase 1.

Como resultado, es ilegal vender gafas de sol en los EE. UU. sin registrar sus productos y su empresa ante la FDA.

Afortunadamente, una vez que complete su registro en la FDA y se asegure de que sus productos cumplan con los requisitos pertinentes, todo el mercado de los Estados Unidos estará abierto para que pueda comercializar sus productos.

Consulte nuestra lista completa de requisitos para vender anteojos y gafas de sol en los EE. UU.

Tabla de contenido

1 ¿Cuáles son las regulaciones de la FDA para la venta de gafas de sol en EE. UU.?

En los EE. UU., las regulaciones de la FDA se aplican a gafas de sol, monturas de gafas, lentes de gafas y gafas de aumento.

Si fabrica, importa o distribuye cualquiera de los productos antes mencionados en los EE. UU., debe registrar su establecimiento ante la FDA.

Las regulaciones de la FDA también se aplican a las empresas extranjeras: ya sea que fabrique sus productos oculares en China, Italia o Japón, siempre que sus productos ingresen a los EE. UU., deberá registrar su establecimiento ante la FDA.

Los mismos requisitos de registro se aplican a los exportadores: por ejemplo, si fabrica en China pero exporta a los EE. UU. incluso desde fuera de China (como el Reino Unido, por ejemplo), aún debe registrarse ante la FDA. Además. Las empresas extranjeras deben designar un Agente de los Estados Unidos que actuará como su representante y persona de contacto en suelo estadounidense.

Además de registrar su establecimiento ante la FDA, todas las empresas de gafas que operan en los EE. UU. deben registrar sus dispositivos ante la FDA y garantizar que sus lentes cumplan con los requisitos de resistencia al impacto según 21 CFR Parte 801.410. En otras palabras, sus lentes deben pasar la prueba del drop-ball.

2 ¿Qué es una prueba de drop-ball?

Someter sus lentes a una prueba de caída garantiza que cumplan con la regulación de lentes resistentes a impactos, 21 CFR 801.410.

En pocas palabras, la prueba consiste en dejar caer una bola de acero de 5/8 de pulgada que pesa aproximadamente 0,56 onzas desde una altura de 50 pulgadas sobre la lente, y la lente no puede fracturarse.

Desde una perspectiva de seguridad, pasar la prueba de caída significa que sus lentes son resistentes a los impactos y es menos probable que se rompan y causen lesiones en los ojos de los usuarios.

La responsabilidad de realizar la prueba de caída de bola recae en el fabricante de sus lentes, así que asegúrese de que ellos realicen la prueba y le proporcionen los resultados.

3 ¿Qué sucede si no cumplo con las regulaciones de la FDA?

El incumplimiento de las regulaciones de la FDA puede resultar en la detención del dispositivo en el puerto de entrada de EE. UU.
Conclusión

Parece que hay muchas cosas por las que debes preocuparte, pero no te preocupes, solo recuerda un par de cosas:

Cuando busque un fabricante de gafas, asegúrese de que esté registrado en la FDA.
Al adquirir lentes para sus monturas ópticas, asegúrese de que la fábrica de lentes produzca certificados de pruebas de caída de bola, que debe incluir en cada envío de anteojos dentro y hacia los EE. UU.
Si es una empresa extranjera, busque un agente de los Estados Unidos que actúe como su representante en el terreno.

4 ¿Qué regula la FDA.?
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